Desde el 1 de enero está en vigor la Obligación de Desembarque para TODAS las especies sujetas al régimen de TACs y cuotas.
Desde la Secretaría General de Pesca se han emitido unas “Guías actualizadas para su aplicación” y unos “Cuadros de especies” separando en dos bloques:
-Flota de los 300, que faenan en las zonas CIEM 5, 6, 7 y 8abde, (las aguas noroccidentales y una parte de las suroccidentales, las francesas del Golfo Vizcaya)
-Flotas de caladero nacional en zonas CIEM 8, 9 y 10, así como zonas 34.1.1, 34.1.2 y 34.2.0 del Comité Pesca Atlántico Centro-Oriental (CPACO)
Las principales cuestiones aparecen aquí reflejadas, así como en los Dípticos-resumen que se acompañan